sábado, 20 de julio de 2013

"NUEVA LEY DE RIESGOS" 1562 DE 11 JULIO 2012.

SALUD OCUPACIONAL: SE ENTENDERÁ EN ADELANTE COMO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, DEFINIDA COMO AQUELLA DISCIPLINA QUE TRATA DE LA PREVENCIÓN DE LAS LESIONES Y ENFERMEDADES CAUSADAS POR LAS CONDICIONES DE TRABAJO, Y DE LA PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES. TIENE POR OBJETO MEJORAR LAS CONDICIONES Y EL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, ASI COMO LA SALUD EN EL TRABAJO, QUE CONLLEVA LA PROMOCIÓN Y EL MANTENIMIENTO DEL BIENESTAR FÍSICO, MENTAL Y SOCIAL DE LOS TRABAJADORES EN TODAS LAS OCUPACIONES.
 
 

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